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19/11/2009: Certificación ISO 14001

Revisions de vehicles, SA, empresa de la compañía PrevenControl, en su compromiso para fomentar los sistemas de gestión ambiental en toda su actividad ha sido otorgada con la certificación ISO 14001 en todas sus delegaciones.
Durante el año 2009, la empresa ha sido auditada para la obtención del certificado de calidad ISO 14001 correspondiente a la gestión ambiental. Al finalizar estas auditorías, se ha obtenido un resultado favorable, con lo cual ya dispone del correspondiente certificado que así lo acredita.

La norma internacional ISO 14001, primera publicación el 1996 y de carácter voluntario, especifica los requisitos que un sistema de gestión ambiental debe respetar para permitir desarrollar y realizar una política y específicos objetivos para la mejora ambiental.

Conseguir la certificación ISO 14001 demuestra el trabajo y el esfuerzo diario para la mejora de la empresa, consiguiendo un nivel de seguridad óptimo para el desarrollo de las tareas, respetando el entorno en el cual se desarrollan, adecuando la actividad a la normativa actual y hacia un desarrollo sostenible.





 
Fuente: Dpto. Comunicación Grupo PrevenControl
 
10/11/2009: Llegan los radares de tramo

La DGT anuncia 2.000 puntos de control de velocidad en 2012, que se unirán a los radares fijos o los "foto rojos".
En otoño comenzarán a instalarse en los túneles más peligrosos los primeros radares de tramo, capaces de leer la matrícula al principio y al final de un trayecto y registrar su velocidad media. Formarán parte, junto a los radares fijos o los "foto rojo", de los 2.000 puntos de control de velocidad que dispondrá la DGT para 2012. Los que pretendan correr lo van a tener complicado.

En la actualidad, la DGT dispone de 535 puntos de control fijos, en los que a finales de año se irán rotando 335 radares. El objetivo es instalar 1.500 puntos nuevos antes de que finalice esta legislatura, aunque muchos -aún no se ha decidido la cantidad- serán controladores de tramo, además de los denominados "foto rojo". Por tanto, las previsiones son que, para 2012, habrá 2.000 puntos o tramos de control de velocidad, sin contar con los 286 radares móviles instalados en vehículos de la Agrupación de tráfico de la Guardia Civil.

En los controles de velocidad mediante radares de tramo, el campo de visión de todos los carriles estará cubierto por sus respectivas cámaras, tanto al principio como al final del recorrido. De nada servirá cambiarse de carril, ya que todas las cámaras estarán interconectadas. Funcionarán de noche y de día, dispondrán de iluminación por láser-led (invisible al ojo humano), no podrán ser neutralizados por los sistemas antirradar y contarán con mecanismos de vigilancia anti-vandalismo. Además, cubrirán mayor espacio que los convencionales: entre tres y cinco kilómetros, aunque puede abarcar un campo mayor.


Fuente: Revista Tráfico y Seguridad Vial (DGT)
10/11/2009: Nueva ley de tráfico

La última modificación de la Ley de tráfico entraba en vigor en julio de 2006, en estos momentos la nueva actualización está pendiente de aprobación por parte de las Cortes Generales, previéndose su publicación en el BOE a finales de año.

La entrada en vigor está prevista a los seis meses de esta publicación, es decir, aproximadamente en junio del 2010; por lo que todavía puede ser objeto de modificaciones substanciales. Os hacemos un avance de algunos de los cambios más destacados que podrían quedar aprobados en vigor:

NUEVAS OBLIGACIONES DE LOS CONDUCTORES

Los titulares de vehículos y arrendatarios a largo plazo deben de facilitar una copia del permiso de no residentes y prohibir el uso de vehículos a los que no tienen permiso.

NOVEDADES RELATIVAS A LA NOTIFICACIÓN

Los titulares de vehículos personas jurídicas recibirán obligatoriamente las notificaciones vía electrónica en la DEV (dirección electrónica viaria), siendo voluntario el uso de este medio de comunicación por las personas físicas. En todo caso todas las notificaciones que no se hayan podido entregar a los interesados se publicarán en el mostrador electrónico y no en los diarios oficiales.

RECURSOS ADMINISTRATIUS Y JUDICIALES

· Se elimina el recurso de alzada.

· En el caso del procedimiento sancionador encomendero se puede interponer recurso de reposición de carácter potestativo.

· Si no se detiene el vehículo y este tiene designado conductor habitual, la responsabilidad recaerá sobre este, excepto acreditación de otro conductor o robo.

· El titular o arrendatario será responsable de las infracciones por estacionamiento, si no ha designado conductor habitual.

INFRACCIONES

Las infracciones por exceso de velocidad se establecen en un cuadro único e igual para todas las administraciones sancionadoras.

Se modifican determinadas infracciones y su calificación de gravedad así como se incorporán nuevas infracciones.

SANCIONES

· El importe de la sanción pecuniaria es fija para las graves y muy graves (200 y 500 € respectivamente).

· Se elimina la sanción de suspensión del carné de conducir.

· La no identificación del conductor se sancionará el doble de la originaria si es leve y el triple si es grave o muy grave.

NOVEDADES DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

· El procedimiento administrativo se suspende desde el inicio hasta que finalice el proceso penal.

· Los agentes deben de notificar: la infracción, la sanción, los puntos y las consecuencias del pago.

· Descuento del 50% por pago voluntario.

· Plazos en días naturales.

DOS NUEVOS TIPOS DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

* PROCEDIMIENTO ABREVIADO: Si hay pago voluntario, en 15 días naturales desde la notificación, finaliza el procedimiento y no hace falta dictar resolución sancionadora. El procedimiento finaliza el día del pago, la sanción es firme al día siguiente del pago y se renuncia a hacer alegaciones.

* PROCEDIMIENTO ORDINARIO: La finalización de este procedimiento se produce de dos maneras diferentes:

· SI NO SE HAN PRESENTADO ALEGACIONS NI SE HA PRODUCIDO EL PAGO VOLUNTARIO: pasados 30 días desde la fecha de notificación de la denuncia la sanción acontece firme y no hace falta dictar Resolución sancionadora. Transcurrido el mencionado plazo se puede iniciar la ejecución de la sanción económica (vía ejecutiva).

· SI SE HAN PRESENTADO ALEGACIONS O SI SE TRATA DE UNA INFRACCIÓN GRAVE CON PUNTOS O MUY GRAVE NO NOTIFICADA EN CARRETERA es obligatorio dictar resolución sancionadora con un único intento de notificación, al día siguiente de la notificación la sanción es firme y se puede iniciar la ejecución de la sanción económica y la retirada de puntos si procede.

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